Ingresó a la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo de Turno una Medida Cautelar impulsada por Alejandra Martínez, empleada judicial y secretaria del gremio de la Unión de Empleados Judiciales de la Nación (U.E.J.N.). La medida cautelar y el amparo quedó en manos de Juez Sergio Gandur de la Sala III.

AMPARO CONSTITUCIONAL CONTRA LA CORTE

El planteo se basa en que el Poder Judicial no dio cumplimiento con el pago de la cláusula gatillo del mes de diciembre a los empleados judiciales, a pesar que los otros poderes de la provincia, tanto el ejecutivo como el legislativo, ya cumplieron con el pago a los estatales. La empleada judicial respalda su legitimidad en el artículo XXIV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre que faculta a que “toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a cualquier autoridad competente, ya sea por motivo de interés general, ya de interés particular, y de obtener pronta resolución”.

La Corte Suprema de Justicia de la provincia cuenta con presupuesto propio, y cuenta con varios millones de pesos excedentes, a estos hay que sumarles los excedentes provenientes del Centro Judicial de Monteros y del Centro Judicial de Concepción. Estos millones en vez de ser utilizados para abonar la cláusula gatillo a los empleados del poder judicial, tuvieron otros destinos.

Por decisión la Corte Suprema de Justicia, en el mes de marzo hubo importantes desembolsos de dinero que efectuó la Corte en numerosas oportunidades, en un lapso que no superó los 30 días corridos, tales como el envío de $200.000.000 (pesos doscientos millones) al Ministerio de Salud de la Provincia; la suma de $5.005.260,00 (pesos cinco millones cinco mil doscientos sesenta) en concepto de “contratación directa” a la firma “mantenimientos y Servicios LA LUZ S.R.L” según acordada del 10 de marzo de 2020; el monto de $144.551.629,32 (pesos ciento cuarenta y cuatro millones quinientos cincuenta y un mil seiscientos veintinueve con 32 centavos) en concepto de “contratación directa” por servicios de limpieza para los edificios de la Excma. Corte Suprema de Justicia de Tucumán”, según acordada del 10 de marzo del 2020; el desembolso de $1.968.618 (pesos un millón novecientos sesenta y ocho mil seiscientos dieciocho) por “contratación directa” por el lapso de seis meses del Servicio Integral y Permanente de Limpieza para el edificio de calle Crisóstomo Álvarez Nº 535, de la Ciudad de San Miguel de Tucumán”,  también, conforme la acordada de fecha 10 de marzo del 2020; el pago de $2.507.500,00 (pesos dos millones quinientos siete mil quinientos) por “adquisición de artículos para prevención ante patologías infectocontagiosas sobre “contratación directa” a la firma CIENTIFICA DOMINGUEZ de Juan Carlos Domínguez, según acordada de fecha 17 de marzo de 2020, manifestó Gustavo Morales y añadió que sobran los ejemplos aunque los señalados son a titulo meramente ilustrativos.

 

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