Ex Concejal y ex Defensor del Pueblo de la Ciudad de Neuquén
SOLICITUD DE AUDIENCIA PUBLICA para derogar la Ordenanza 14645
¿Qué significa?
1- Dejar sin efecto el pago a CAMESSA. Es decir, impedir que CALF nos cobre una deuda ajena en 96 cuotas reajustables, consecutivas e improrrogables (durante 8 años)
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2- Que no se faculte a CALF a cobrar por su cuenta y orden los consumos y cargos del servicio de agua y saneamiento. EPAS.
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Que el Municipio deje sin efecto el cobro del CAN (ecotasa en contribución para el Complejo Ambiental Neuquen). Un proyecto utópico a 4 años que debería costearse con aportes Retributivos y NO con la factura de luz.
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Entendemos que, los Concejales tienen potestad para aprobar tarifas, pero NO tienen facultades para incluir en una Ordenanza conceptos Indebidos y Ajenos al servicio de energía, lo cual constituye un claro abuso de su potestad.
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Presidente Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén
Para que quede claro: los concejales no cuentan con potestad para autorizar a un DEUDOR de una empresa privada (CALF) a que transfiera esa deuda a los usuarios: CALF es deudor de CAMESSA. Es una deuda privada, asumida y reconocida por CALF.
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En definitiva, la simple voluntad de los CONCEJALES no puede obligar a los USUARIOS a adquirir deudas que no le competen.
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Esta es una obligación (deuda) privada entre CALF Y CAMESSA que se debió consensuar entre las partes, sin la intervención del Concejo Deliberante.
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Textos de los flyers Beatriz Muñoz
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