Ex Concejal y ex Defensor del Pueblo de la Ciudad de Neuquén

SOLICITUD DE AUDIENCIA PUBLICA para derogar la Ordenanza 14645

¿Qué significa?

1- Dejar sin efecto el pago a CAMESSA. Es decir, impedir que CALF nos cobre una deuda ajena en 96 cuotas reajustables, consecutivas e improrrogables (durante 8 años)

2- Que no se faculte a CALF a cobrar por su cuenta y orden los consumos y cargos del servicio de agua y saneamiento. EPAS.

Que el Municipio deje sin efecto el cobro del CAN (ecotasa en contribución para el Complejo Ambiental Neuquen). Un proyecto utópico a 4 años que debería costearse con aportes Retributivos y NO con la factura de luz.

Entendemos que, los Concejales tienen potestad para aprobar tarifas, pero NO tienen facultades para incluir en una Ordenanza conceptos Indebidos y Ajenos al servicio de energía, lo cual constituye un claro abuso de su potestad.

Presidente Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén

Para que quede claro: los concejales no cuentan con potestad para autorizar a un DEUDOR de una empresa privada (CALF) a que transfiera esa deuda a los usuarios: CALF es deudor de CAMESSA. Es una deuda privada, asumida y reconocida por CALF.

En definitiva, la simple voluntad de los CONCEJALES no puede obligar a los USUARIOS a adquirir deudas que no le competen.

Esta es una obligación (deuda) privada entre CALF Y CAMESSA que se debió consensuar entre las partes, sin la intervención del Concejo Deliberante.

Textos de los flyers Beatriz Muñoz

COMENTARIOS WHATSAPP 2994 209 610 

Comentarios

comentarios

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here