Denuncian ataque de la Justicia contra un medio FM Records de Concordia es el medio que fue allanado.

Entienden que se trata de un “censura encubierta”.En un documento enviado a esta redacción el Sindicato de Prensa de Entre Ríos manifestó su “rechazo al sometimiento compulsivo del Derecho a la Información”.
Así es como hicieron público su “más enérgico rechazo al sometimiento compulsivo del Derecho a la Información, por cuanto la actividad periodística no puede ser limitada por la idea de noticia sino que comprende el concepto de información, no sólo de interés general sino también la especialización o sectorial, es decir, el derecho individual y el derecho social.
Ante lo dispuesto por el Juez Federal de Concepción del Uruguay, en las actuaciones “Valdez Jorge s/211 CP, N° 1773/20”, ordenando: “…allanar, secuestrar celulares, computadoras, pendrives, discos rígidos, tablets, etc.”, ”… requisar vehículos y personas que se encuentren en las inmediaciones…”.
Entendemos que se pretende imponer (al multimedios F.M. Records) en forma coactiva un régimen de práctica comunicacional completamente ajeno a los usos cotidianos y aceptados por la gran mayoría de los profesionales en ejercicio en Entre Ríos.
Consideramos que -pese a su denominación- el mandamiento judicial promueve la creación de una forma de censura encubierta, compulsiva, hacia quienes actúen periodísticamente en la provincia, creando así una forma violatoria del art.13° del Pacto de San José de Costa Rica (de jerarquía constitucional, art.75 inc.22 C.N.).
Del texto judicial también surge que se desconoce la reciente Declaración de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que señala “ Toda persona tiene derecho a comunicar sus opiniones por cualquier medio y forma” … “La actividad periodística debe regirse por conductas éticas, las cuales en ningún caso pueden ser impuestas por los Estados“ … “Las restricciones en la circulación libre de ideas y opiniones, como así también la imposición arbitraria de información, y la creación de obstáculo al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión”.
En tal sentido, destacados autores han considerado el tema de las regulaciones desde sectores ajenos a la actividad diciendo que: “Existe una fuerte tendencia a confundir la ética de la información con las normas legales”.
“La ética queda así absorbida por el derecho, la razón por la voluntad y la razonabilidad de una conducta por los consensos democráticos. Es un error grave de principio y un abuso intolerable”. “Corresponde al derecho positivo materializar y garantizar la efectividad de los principios emanados de la ética en lugar de suplantarla.
Lo contrario conduce derechamente al despotismo jurídico y al atrofiamiento del desarrollo sano y responsable de la conciencia moral. La aplicación de este error al campo de la información puede dar lugar a consecuencias nefastas” … “La última palabra sobre lo que es derecho y obligación en materia de información corresponde a la ética y no al derecho positivo” … “Resulta intolerable que se pretenda sustituir la reflexión ética por el positivismo jurídico. La ética no se subordina al derecho como el todo no se subordina a la parte”.
En consecuencia, el Sindicato de Prensa de Entre Ríos señaló que realizará las gestiones institucionales necesarias y comunicará las circunstancias referidas a la Federación Internacional de Periodistas (FIP), a fin de que sean elevadas las denuncias del caso a la relatoría de Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos.

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