NACIONALES Tras el acuerdo de precios, el Gobierno prevé multas de hasta $200 millones

La medida castiga las conductas desleales de supermercados y grandes empresas.

Luego de anunciar un paquete de medidas destinadas a contener los precios, el presidente Mauricio Macri firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia con el objetivo de reformar la ley 22.802, de Lealtad Comercial, y así endurecer los controles a los supermercados, proteger a las pyme y regular la competencia en el comercio.

La normativa, que prevé la aplicación de multas de hasta $ 200 millones para las firmas que no cumplan con lo acordado, quedará vigente durante las próximas horas, cuando el DNU, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri sea publicado en el boletín oficial.

Así lo decidió el Gobierno para acelerar su implementación. De esta forma, los cambios que trazó el ministro de Producción, Dante Sica, saltearán al Congreso, pese a los cuestionamientos que se hicieron sentir desde un sector de la oposición y también de empresarios.

La medida va en línea con la idea de Elisa Carrió, quien había presentado una Ley de Góndolas, enojada con los supermercadistas; y la gobernadora bonaerense María Eugenia Vidal, que pidió elaborar un proyecto a nivel provincial al ministro de Economía, Hernán Lacunza.

El texto del decreto, según informa Clarín, consta de 77 artículos, agrupados en ocho títulos. El primero tiene que ver con la “competencia desleal”. Al respecto, en el artículo 4, aclara que se aplicará la ley “en cualquier acto de competencia desleal, realizado antes, durante o después de una operación comercial o contrato, independientemente de que éste llegue a celebrarse”.

Además precisa que “la aplicación no está supeditada a la existencia de una relación de competencia entre los sujetos del acto de competencia desleal”. En el artículo 8, agrega que para identificar un acto de competencia desleal “no será necesario acreditar la generación de un daño, pudiendo éste ser actual o potencial”.

Entre los actos de competencia desleal, el artículo 10 especifica casos en los que se busca “engañar” o “confundir” respecto a la fabricación, naturaleza, origen o distribución de los productos y servicios. También se castiga la venta por debajo del precio de adquisición o fabricación, para eliminar u obstaculizar a un competidor; y a aquellas situaciones en las que se violan normas y se saca ventaja a la competencia de esa situación.

Por último, el DNU apunta a reforzar la ley de Defensa del Consumidor.En ese sentido, establece el “Sistema Electrónico de Resolución de Conflictos”, que será de uso obligatorio para los proveedores y prestadores con el objetivo de que los reclamos individuales de los consumidores tengan una rápida resolución.

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